sábado, 23 de noviembre de 2013

APROBADOS DOS NUEVOS TÍTULOS DE TÉCNICOS EN EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIVIL



APROBADOS DOS NUEVOS TÍTULOS DE TÉCNICOS EN EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIVIL
El Consejo de Ministros, ha aprobado dos Reales Decretos mediante los cuales se regulan, en los aspectos y elementos básicos, dos nuevos títulos de Técnico en Emergencias y Protección Civil y Técnico Superior en Coordinador de Emergencias y Protección Civil, además de fijar sus respectivas enseñanzas mínimas.
  • Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil
La competencia general de este título consiste en coordinar y supervisar la evaluación de riesgos, planificación e intervención en emergencias y acciones de protección civil y logística humanitaria que tienen origen natural, tecnológico y antrópico, garantizando la seguridad de las personas y de los bienes.
  • Técnico en Emergencias y Protección Civil
Interviene operativamente, cumpliendo con las normas de seguridad, en emergencias provocadas por sucesos o catástrofes originadas por riesgos diversos (naturales, antrópicos y tecnológicos), tanto en entorno rural y forestal como urbano. Realiza las actividades de control, mitigación y extinción de los agentes causantes de dichos sucesos (fuego, avenidas de agua y sustancias NBQ, entre otros), el rescate, el salvamento y la atención como primer interviniente de las personas afectadas y la rehabilitación de emergencia de las zonas o bienes concernidos. Además, mantiene operativos los vehículos, equipos, máquinas y herramientas de intervención, así como organiza los equipos y unidades bajo su responsabilidad, y contribuye a la divulgación y cumplimiento de los principios y normas de protección civil, aplicando la normativa vigente en materia de inspección y planes de autoprotección de edificios e instalaciones industriales.

miércoles, 18 de septiembre de 2013

Oxigenoterapia.

La oxigenoterapia es una medida terapéutica que consiste en la administración de oxígeno a concentraciones mayores que las que se encuentran en aire del ambiente, con la intención de tratar o prevenir los síntomas y las manifestaciones de la hipoxia. El oxígeno utilizado en esta terapia, es considerado un fármaco en forma gaseosa.
 
Se define como oxigenoterapia el uso terapéutico del oxígeno siendo parte fundamental de la terapia respiratoria.
Debe prescribirse fundamentado en una razón válida y administrarse en forma correcta y segura como cualquier otra droga.
La oxigenoterapia normobárica consiste en administrar oxígeno a distintas concentraciones 21-100%. Para ello se pueden utilizar mascarillas, cánulas nasales, tiendas de oxígeno, etc.
La oxigenoterapia hiperbárica consiste en administrar oxígeno al 100% mediante mascarilla o casco, mientras el paciente se encuentra en el interior de una cámara hiperbárica medicina hiperbárica.
En las personas sanas la hemoglobina presenta una saturación de Oxígeno del 90-95% con lo que el aporte de oxígeno a los tejidos es muy superior del que ellos necesitan para vivir, siendo la extracción de oxígeno por los tejidos de un 25% del que transporta la sangre. La sangre aporta a los tejidos una cantidad de oxígeno muy por encima del que se utiliza normalmente (consumo de oxígeno). En efecto, los tejidos, en reposo, utilizan sólo unos 5 mililitros de los 20 ml de oxígeno que hay en cada 100 ml de sangre.

La finalidad de la oxigenoterapia es aumentar el aporte de oxígeno a los tejidos utilizando al máximo la capacidad de transporte de la hemoglobina. Para ello, la cantidad de oxígeno en el gas inspirado, debe ser tal que su presión parcial en el alvéolo alcance niveles suficientes para saturar completamente la hemoglobina. Es indispensable que el aporte ventilatorio se complemente con una concentración normal de hemoglobina y una conservación del gasto cardiaco y del flujo sanguíneo tisular. El efecto directo es aumentar la presión del oxígeno alveolar, que atrae consigo una disminución del trabajo respiratorio y del trabajo del miocardio, necesaria para mantener una presión arterial de oxígeno definida.
Cuando con estas medidas no se consigue aumentar el aporte de oxígeno a los tejidos, se puede utilizar la oxigenoterapia hiperbárica, pues con esta modalidad terapéutica se consigue aumentar hasta 27 veces el transporte de oxígeno en sangre, pero en este caso el aumento es por el oxígeno directamente disuelto en el plasma.

La hipoxia celular puede deberse a:
·         Disminución de la cantidad de oxígeno o de la presión parcial del oxígeno en el gas inspirado.
·         Disminución de la ventilación alveolar.
·         Alteración de la relación ventilación/perfusión.
·         Alteración de la transferencia gaseosa.
·         Descenso del gasto cardíaco.
·         Shock.
·         Hipovolemia.
·         Disminución de la hemoglobina o alteración química de la molécula.


La oxigenoterapia debe ser aplicada cuando existe disminución de la cantidad de oxígeno en la sangre, ya sea por insuficiencia respiratoriainsuficiencia circulatoriaanemia, atmósfera enrarecida con humos o gases, etc., pudiendo llevar a varias situaciones de hipoxia:

Hipoxia atmosférica.

La oxigenoterapia es útil para corregir por completo la concentración baja de oxígeno en los gases inspirados y, por lo tanto, proporcionar una terapéutica 100% eficaz.

Hipoxia por hipoventilacion.

En estas situaciones la oxigenoterapia puede ser muy beneficioso, aumentando hasta en 5 veces el oxígeno disponible.

Hipoxia por difusión.

Aquí la terapia con oxígeno puede aumentar la presión parcial de oxígeno en los pulmones desde un valor de 100 mm de Hg hasta 600 mm de Hg. Ello origina un gran incremento de gradiente de difusión entre alveolos y sangre; tal gradiente se eleva desde un valor normal de 60 mm de Hg hasta uno tan alto como de 560 mm de Hg, es decir, un aumento de casi el 800%. Este efecto es beneficioso en casos como el edema pulmonar, porque entonces el pulmón puede aumentar la captación de oxígeno.
Hipoxia isquémica
Es llamada hipoxia por deficiencia circulatoria. En esta, la oxigenoterapia normobárica es menos útil pues el problema en este caso es una circulación sanguínea disminuida, no una falta de oxígeno. Sin embargo, con la oxigenoterapia la sangre normal puede aportar una pequeña cantidad de oxígeno extra a los tejidos porque aunque la hemoglobina estará saturada, el oxígeno disuelto depende de la presión parcial y aumentará (como mucho un 10% más). En estos casos y ante la evidencia de hipoxia local, debemos intentar la oxigenoterapia hiperbárica con la que se consigue aumentar hasta los 2000 mm de Hg ( respirando 100% oxígeno a 2.5 ATA) la presión parcial de oxígeno a expensas del oxígeno disuelto en el plasma ( Ley de Henry)
Oxígeno en enfermedades especiales También en enfermedades de curso lento que determinan un estado de hipoxia tisular crónica, es decir, una oxigenación insuficiente de las células, cuya supervivencia garantiza, aunque en condiciones de sufrimiento metabólico. Esta condición se presenta en ciertas formas asmáticasenfisematosas, bronquíticas o de descompensación cardiocirculatoria.

Pacientes con respiración espontánea
·         Cánula nasal
·         Mascarilla simple sin reservorio
·   Mascarilla Venturi: suministra una concentración exacta de oxígeno independientemente del patrón respiratorio del paciente. Puede producir en el paciente sensación de confinamiento, calor e inclusive irritar la piel. Impide al paciente comer y hablar. La concentración de oxígeno puede variar si no se ajusta adecuadamente la mascarilla, si se angulan los tubos conectores, si se bloquean los orificios de entrada de la mascarilla o si se aplica un flujo de oxígeno inferior al recomendado.
·         Mascarilla de respiración

·         Cámara hiperbárica
·         Cuna especial para neonatos


Pacientes con carencia de respiración espontánea.
·         Bolsa de resucitación manual
·         Respirador mecánico

Precauciones
La administración inadecuada del oxígeno, tanto en la modalidad como en la dosis (concentración y tiempo) puede ser contraproducente en ciertas enfermedades, en las que puede incluso empeorar su situación, como puede ocurrir en ciertos enfermos respiratorios crónicos en los que una inhalación excesiva de oxígeno, podría determinar una elevación de la concentración del gas en sangre que es capaz de inhibir el estímulo que procede de los receptores sensibles. Esto deprime el ritmo respiratorio incluso en presencia de una concentración elevada de CO2. A esta situación se le conoce como evento paradójico, en el que un pequeño aumento en la concentración de oxígeno en sangre puede conducir a una parada de la función respiratoria.

FUENTE: WIKIPEDIA.

domingo, 15 de septiembre de 2013

Secretaría General.- Resolución de 25 de julio de 2005, por la que se dispone la publicación del Decreto 1/2005, de 18 de enero, que actualiza el Plan Territorial de Emergencia de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias (PLATECA).

Fuente: Gobierno de Canarias.

http://www.gobcan.es/dgse/descargas/Plateca_2005.pdf

miércoles, 21 de agosto de 2013

Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Orden ECD/2407/2012, de 30 de octubre, por la que se establece el currículo de los ciclos inicial y final de grado medio correspondientes al título de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo.


http://www.csd.gob.es/csd/estaticos/ens-deportivas/normativa/CURRICULO-ECD-2407-12-TD-SALV-SOC.pdf

lunes, 19 de agosto de 2013

Técnica de retirada de casco.

Técnica de retirada de casco.

La retirada del casco debe realizarse en todos los casos, pues de lo contrario no podremos hacer un adecuado control de la vía aérea. La mayor dificultad es el paso de la nariz tras el puente anterior del propio casco, pues tropieza con él, y provoca una movilización del cuello, que debemos evitar.

1. Es necesaria la presencia de 2 rescatadores.

2. Un rescatador debe mantener la alineación de la cabeza de manera continua haciendo tracción con los dedos en el maxilar inferior del accidentado mientras el otro rescatador libera la correa de fijación.

3. Posteriormente el segundo rescatador inmoviliza la columna colocando una mano en la región occipital y la otra en la mandíbula.

4. El primer rescatador desliza lentamente el casco y posteriormente inmoviliza la columna.

5. El segundo rescatador coloca el collarín.

6. Durante todo el proceso siempre debe haber un rescatador que mantenga la alineación e inmovilización de la cabeza haciendo tracción para evitar desplazamientos.



Técnica de colocación del collarín.

Técnica de colocación del collarín

1. Alinear la columna en posición neutra.

2. Elegir la talla del collarín (según distancia entre el trapecio y el borde inferior de la mandíbula).

3. Un rescatador debe mantener la alineación de la columna cervical y el otro debe poner el collarín, colocando en primer lugar la parte posterior y luego la anterior.

4. Si es portador de un casco debemos retirar el casco antes de poner el collarín.

sábado, 3 de agosto de 2013

Deberes del paciente.

  • El paciente debe respetar las normas del centro, colaborando en su funcionamiento, cuidando las instalaciones y tratando con respeto tanto al personal como a los demás usuarios.
  • En el momento de su ingreso, el paciente debe facilitar los datos de la persona responsable a quien ha de dirigirse el centro en caso de necesidad, así como los datos de la entidad que se hará cargo de los gastos que se originen durante su estancia.
  • En caso de reclamación, el paciente deberá hacer uso de las vías y medios establecidos para tal efecto.
  • Si el paciente abandonara el centro por decisión propia, deberá firmar un documento de "Alta Voluntaria" que exima al centro de cualquier responsabilidad.
  • Queda prohibido fumar en todas las áreas del centro. Es importante recordar que fumar perjudica seriamente la salud.
  • Firmar, una vez informado y aclarada cualquier duda al respecto, el consentimiento correspondiente al proceso al que vaya a ser sometido.

Derechos del paciente.

1.- DERECHO A LA INFORMACIÓN
2.- DERECHO A LA INTIMIDAD
3.- DERECHO A ACCEDER A SU HISTORIA CLÍNICA
4.- DERECHO A RECIBIR UNHA EXPLICACIÓN COMPRENSIBLE A CERCA DEL TRATAMIENTO
5.- DERECHO A QUE SE RESPETE SU VOLUNTAD